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Juzgados de Violencia sobre la Mujer

May08
Publicada la Orden de guardias de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer

 

 

 

logo_boe_es En el Boletín Oficial del Estado número 112, de 8 de mayo de 2009, se publican las siguientes resoluciones:

 

 

Administración de Justicia. Retribuciones

  • Orden PRE/1118/2009, de 7 de mayo, por la que se modifica la Orden PRE/1417/2003, de 3 de junio, por la que se regula las retribuciones complementarias por servicios de guardia del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Carrera Judicial y Fiscal. Retribuciones

  • Orden PRE/1119/2009, de 7 de mayo, por la que se modifica la Orden PRE/1416/2003, de 3 de junio, por la que se regula las retribuciones complementarias por servicios de guardia de las Carreras Judicial y Fiscal.

 

Afecta sólo a los partidos judiciales de Madrid, Barcelona y Sevilla, que tienen cuatro o más Juzgados de Violencia.

CCOO no comparte en absoluto la plantilla de Sevilla que hemos rechazado contundentemente en todas las reuniones y que seguimos demandando del Ministerio de Justicia y de la CA de Andalucía su modificación, porque la situación es inaceptable.

Asimismo nuestro rechazo absoluto a las retribuciones fijadas en estas guardias y a los descansos por ser claramente insuficientes; sobre estos últimos la orden se remite a la Resolución de Jornada y Horario de 4 de junio de 2003 del MInisterio de Justicia y los establece igual que los Juzgados de Menores de más de 4 Juzgados, que también son insuficientes.

Por tanto, CCOO seguirá peleando por una nueva Orden de Guardias general, con mejora en las retribuciones de todas las Guardias  y por la regulación adecuada de los descansos que permitan la conciliación de la vida familiar y laboral de manera efectiva y no sólo actos propagandísticos de los poderes públicos.

Nos parece también inadmisible el tiempo que ha tardado en publicarse esta Orden a pesar de que estas guardias entraron en funcionamiento el 1 de enero de 2009, si bien la orden establece que los efectos económicos sean de esa fecha, por lo que los trabajadores deberán recibir los atrasos correspondientes desde 1 de enero