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Prensa: La nueva Ley del Registro Civil (II)

 

El Registro Civil único acaba con el Libro de Familia

El anteproyecto del Gobierno busca que el Registro Civil se convierta en un registro individual, que otorgue a cada individuo una ficha personal única, donde figurará el historial civil de cada persona desde su nacimiento.

 

registrocivilII

 

Publicado en www.cope.es

 

- Al nacer, los españoles recibirían un Código Personal de Ciudadanía (CPC), correspondiente a una secuencia alfanumérica, que servirá para todos los trámites que el usuario precise realizar con el Registro Civil.

- Su ficha personal podrá ser consultada telemáticamente y también será accesible por las administraciones que lo necesiten para la realización de trámites.

- Dejarán de expedirse Libros de Familia, que serán sustituidos por certificaciones registrales, que podrán ser solicitados personalmente o a través de internet.

- Los registros dejarán también de ocuparse de la tramitación de los expedientes matrimoniales y serán los municipios los que se encargarán de ello y,
una vez celebrado el matrimonio, lo pondrán en conocimiento del registro.

- Los centros sanitarios, los ayuntamientos o los órganos judiciales serán los encargados de remitir al Registro Civil por vía telemática la documentación necesaria para inscribir los nacimientos, los matrimonios, los divorcios o las defunciones.

- El nuevo registro será acorde al Estado de las autonomías. Reconoce el derecho al uso de las lenguas oficiales del Estado, de manera que los ciudadanos podrán obtener certificaciones en cualquiera de estas lenguas.

El nuevo Registro Civil se articulará en tres órganos sin dependencia jerárquica y con funciones muy específicas: oficinas generales, oficina central y oficinas consulares.

- Las oficinas generales, unidad básica del nuevo registro, serán las encargadas de las funciones ordinarias. El texto prevé la creación de una por comunidad autonóma más otra por cada 50.000 habitantes.

- La oficina central inscribirá las resoluciones de la Dirección General de Registros y del Notariado, los documentos auténticos extranjeros y se encargará de la cooperación jurídica internacional en materia registral.

- Las oficinas consulares, dependencias del Registro Civil en el extranjero, no variaría sustancialmente con respecto al actual modelo.

-Se pasará a tener unos 108 registros aproximadamente, frente a los 431 registros principales que hay en la actualidad, a los que hay que añadir los más de 7.000 juzgados de paz de todo el país.