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Registro Civil y lenguas cooficiales




El CGPJ rechaza pedir que se limite el uso de las lenguas cooficiales en el Registro Civil

Gabriela Bravo

Publicado por Agencia EFE

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha suprimido hoy del informe sobre el anteproyecto de ley del Registro Civil elaborado por la comisión de Estudios del órgano de gobierno de los jueces la sugerencia de que se limite el uso de las lenguas cooficiales en el citado Registro.

Así lo ha acordado el pleno del CGPJ, según ha informado en rueda de prensa la portavoz de este órgano, Gabriela Bravo.

Este informe ha sido aprobado por mayoría en la sesión plenaria con esta modificación, al considerar que si la intención del legislador es que impere la cooficialidad sin ningún tipo de limitación, ha dicho, "hay que respetarlo".

El informe inicial alertaba de los inconvenientes que plantea que el citado anteproyecto de ley permita las inscripciones "en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado" y pedía que su uso se circunscriba a las Comunidades Autónomas donde ese idioma tenga oficialidad.

Así se pronunciaba en relación al artículo 37 del anteproyecto de ley, que establece que "los ciudadanos que insten la inscripción de un hecho o acto en el Registro Civil podrán solicitar que el mismo se practique en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado".

Por su parte, los vocales nombrados a propuesta del PP integrantes de la comisión de Estudios Concepción Espejel y Claro José Fernández han emitido un voto particular discrepante al considerar que el pleno tenía que haber aprobado el texto original.

Además, el CGPJ también ha acordado suprimir de este informe el apartado que sugería que no todas las competencias que actualmente desarrollan los jueces encargados del Registro Civil pasaran a ser desempeñadas por los nuevos encargados de ese servicio, que ya no serán magistrados.

Según Bravo, el informe aprobado sugiere cuestionar que se atribuya a alcaldes y concejales la competencia exclusiva para celebrar matrimonios civiles, así como la necesidad de que el fiscal intervenga en los expedientes registrales.

También considera inaplazable la aprobación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.