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Atrasos del 4º punto. Ámbito no transferido



Pago de los atrasos del 4º punto desde el 1 de enero de 2007 a septiembre de 2009 (ámbito no transferido)



El Ministerio de Justicia está solucionando los problemas para el pago de los atrasos, en su ámbito de competencias, desde el 1 de enero de 2007 al 16 de septiembre de 2009, que es el período que el Ministerio de Justicia aún no ha abonado, en cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo que anulaba la disposición que permitía mantener la diferencia retributiva entre unos órganos que perciben desde hace años 4 puntos y otros, que seguían cobrando 3.

Los problemas que el Servicio Jurídico del Ministerio de Justicia mantenía y que expresaban diciendo que no podían pagar atrasos a los trabajadores que no recurrían los mismos individualmente ante la jurisdicción contenciosa , se están solucionando, con la sóla presentación de la reclamación administrativa, lo que CCOO ha reclamado desde hace meses, y se ha encargado de que los trabajadores que lo desearan voluntariamente delegaran en CCOO esa reclamación para facilitar los trámites a cientos de compañeros.

Como sabéis, CCOO presentó al Ministerio de Justicia unas 2.000 reclamaciones de trabajadores a los que se les deben estos atrasos, y las gestiones que CCOO está realizando, desde hace meses, están a punto de tener éxito.

Si las comprobaciones del Ministerio de Justicia acerca de las reclamaciones terminaran pronto (lo más probable a lo largo del mes de agosto, por lo que el pago no se podrá efectuar en la nómina de agosto), el Ministerio abonaría en la nómina de septiembre los atrasos a todos los trabajadores que hayan realizado reclamación, por lo que insistimos, que aquellos que aún no lo hayan hecho por descuido, deben hacerlo de inmediato. Si es a través de la organización de CCOO de su ámbito territorial mejor, y así garantizaremos que la misma ha llegado al Ministerio de Justicia y el control de su pago al trabajador.

En los ámbitos que fueron transferidos con posterioridad al 1 de enero de 2007 (Asturias, Aragón y Cantabria), el pago que haría el Ministerio correspondería al período 1 de enero de 2007 hasta la fecha de la transferencia de cada CA., siempre anterior al 16 de septiembre de 2009