Publicamos la hoja informativa de CCOO sobre las cotizaciones a Derechos Pasivos y MUGEJU en 2011, que se mantienen idénticas a las de 2010, tal y como determina la Ley General de Presupuestos para 2011, y sobre los nuevos haberes reguladores 2011 para el cálculo inicial de las pensiones del régimen de clases pasivas del Estado, que si han variado respecto a 2010, según el Real Decreto 1790/2010 de 30 de diciembre, publicado en el BOE de 31 de diciembre.
Los haberes reguladores, base para el cálculo de la determinación inicial de la pensión de los funcionarios, se aprueban cada año en las Leyes Generales de Presupuestos del Estado y se regularizan en función de la inflación real
EL GOBIERNO APRUEBA UN REAL DECRETO QUE REGULARIZA LOS HABERES REGULADORES EN 2011 EN EL 2,3 % RESPECTO A LOS VIGENTES A 31 DE DICIEMBRE DE 2009
Las cotizaciones que pagamos los trabajadores por MUGEJU y por derechos pasivos serán las mismas que en 2010
El Gobierno introdujo en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 (BOE de 23 de diciembre de 2010), en su artículo 133 las cuotas mensuales de derechos pasivos y cuotas mensuales de cotización a la MUGEJU de los funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia (junto a las cuotas y cotizaciones del resto de funcionarios del Estado y de las Fuerzas Armadas, idénticas por grupos de titulación equivalentes).
Estas cuotas para 2011 mantienen los mismos valores que en 2010:
CUOTAS MENSUALES DE DERECHOS PASIVOS*
Grupo Cuota mensual en euros
A1 106,89
A2 84,13
C1 64,61
C2 51,12
CUOTAS MENSUALES DE COTIZACIÓN A LA MUGEJU *
Grupo Cuota mensual en euros
A1 46,80
A2 36,83
C1 28,29
C2 22,38
En junio y diciembre, las cuotas de derechos pasivos y MUGEJU se descuentan doblemente
Asimismo, en el BOE de 31 de diciembre de 2010, se publica el Real Decreto 1790/2010 de 30 de diciembre, por el que se determina, entre otras disposiciones en materia de pensiones, la actualización de los haberes reguladores para la determinación inicial de las pensiones para el año 2011.
Los nuevos haberes reguladores, con efectos 2011, se regularizan mediante la aplicación del 2,3 % de incremento sobre las cuantías vigentes en 31 de diciembre de 2009 y del 1,28713% sobre las de 2010, y quedan, según dicho Real Decreto en:
HABERES REGULADORES CON EFECTOS 2011*
Grupo Haber regulador en euros/año
A1 39.268,77
A2 30.905,51
C1 23.735,97
C2 18.779,09
*A1, corresponde a los grupos de titulación superior (Jueces, Fiscales, Secretarios Judiciales, Médicos Forenses y Facultativos del INT)
A2, a los grupos a los que se les exige la diplomatura universitaria, técnico superior, o equivalente (Gestión y Técnicos Especialistas del INT)
C1, a los grupos a los que se les exige Bachiller o técnico (Tramitación y Ayudantes de Laboratorio)
C2, a los grupos a los que se les exige graduado en educación secundaria (Auxilio Judicial)
Madrid, 3 de enero de 2011
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