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Oposiciones. Tramitación, turno libre 2010. Sobre el plazo posesorio

Nota informativa de CCOO de Justicia

Publicamos la carta que hemos remitido a la Subdirección de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia denunciando la pretensión de algunas Comunidades Autónomas para que los opositores que han superado el proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, que actualmente están prestando servicios como funcionarios en prácticas en los distintos órganos judiciales, continúen en esta situación hasta que tomen posesión como funcionarios de carrera, lo que supondría un claro incumplimiento tanto las bases de la convocatoria, como el R.D. 1451/2005 de 7 de diciembre de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabaja y Promoción Profesiona del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia como del Real Decreto 456/1986 de 10 de febrero sobre retribuciones de los funcionarios en prácticas.



SUBDIRECCION GENERAL DE MEDIOS PERSONALES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Hemos tenido conocimiento de que algunas Comunidades Autónomas con traspasos recibidos pretenden que los opositores que han superado el proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, que actualmente están prestando servicios como funcionarios en prácticas en los distintos órganos judiciales, continúen en esta situación hasta que tomen posesión como funcionarios de carrera.

Pues bien CCOO entendemos que esta decisión es del todo irregular puesto que con ella, además de los perjuicios que se causarían a estos compañeros, se está incumpliendo tanto las bases de la convocatoria, cuya base 7.8.1, último párrafo, establece que “Finalizado el curso, los aspirantes continuarán prestando servicios como funcionarios en prácticas hasta su nombramiento como funcionarios de carrera en el destino definitivo” (es decir, hasta la publicación de la correspondiente Orden en el Boletín Oficial del Estado), como el artículo 29 del R.D. 1451/2005 de 7 de diciembre de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, a tenor del cual “(…) la toma de posesión del primer destino, (…) tendrá lugar en el plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial del Estado”

Por lo tanto, una vez que los funcionarios en prácticas son nombrados funcionarios de carrera, mediante la publicación en el BOE de la correspondiente Orden, a partir del día siguiente de dicha publicación dejarán de prestar servicios como funcionarios de prácticas manteniendo la “condición” de funcionarios en prácticas hasta su toma de posesión como funcionarios de carrera (artículo 24.3 del R.D. 1451/2005 de 7 de junio antes citado) para lo cual disponen de veinte días naturales (artículo 29 del mismo texto legal) y, durante este plazo posesorio, continuarán percibiendo las mismas retribuciones que les hayan sido acreditadas durante el periodo de realización de las prácticas o del curso selectivo en aplicación del artículo 3 del Real Decreto 456/1986 de 10 de febrero sobre retribuciones de los funcionarios en prácticas.

CCOO exigimos al Ministerio y a las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos que se cumpla la normativa legal vigente y no se hurte a estos funcionarios de nuevo ingreso del periodo efectivo de plazo posesorio establecido en el reglamento de ingreso (R.D. 1451/2005 de 7 de diciembre), manteniendo el abono de las retribuciones como funcionarios en prácticas, y dejando de prestar servicios en los órganos judiciales dónde siguen realizando su labor como funcionarios en prácticas en la fecha de nombramiento como funcionarios de carrera en el BOE, pues de lo contrario se estaría vulnerando gravemente los derechos de estos trabajadores.

Madrid, 24 de junio de 2011