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CCOO gana una sentencia con el reconocimiento retributivo de los derechos de los Oficiales de autopsia





CCOO logra por sentencia el abono correspondiente a los trabajos de superior categoría de los Oficiales de Actividades Específicas Grupo Profesional IV (Oficiales de Autopsias)

  Como hemos informando, CCOO viene demandando la reclasificación de los Oficiales de Actividades Especificas y así lo hemos planteado en distintas Subcomisiones Delegadas porque realizan funciones de superior categoría y con arreglo a la legalidad en vigor, y en concreto al Decreto de Cualificaciones Profesionales, deberían estar encuadrados en un Grupo Profesional III.

  Finalmente sobre dicha Reclasificación, la reclamación de CCOO fue aprobada en la Subcomisión Delegada de la Administración de Justicia y remitida al Pleno de Civea.

  En el último  Pleno de Civea del mes de Julio, se decidió remitir dicho acuerdo de la Subcomisión Delegada a la Comisión de Análisis para la Profesionalidad del Personal Laboral del Convenio Único.

  Hasta la fecha dicha comisión no se ha reunido, incluso en la última Subcomisión Delegada de 29 de noviembre de 2011 de la Administración de Justicia, CCOO propuso que se instase a dicha Comisión de Análisis para que emitiese el informe sobre la reclasificación de los Oficiales de Autopsias.

   Ante esta situación de parálisis, los Servicios Jurídicos de CCOO en Murcia y con acuerdo con los trabajadores, se planteó una demanda de cantidad por realizar funciones de superior categoría.

  El Juzgado de lo Social nº 8 de Murcia ha dado la razón a CCOO, al quedar acreditado que los oficiales de autopsias realizan trabajos de ejecución autónoma que exigen habitualmente iniciativa por parte del trabajador, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de las mismas, pudiendo ser ayudado por otro trabajador.  Por tanto, la empresa demandada viene obligada al pago de las cantidades reclamadas y que no le han sido abonadas, para así mantener el equilibrio de las prestaciones propias del contrato de trabajo (arts 4, 26, 29 y 39.4 del Estatuto  de los Trabajadores y 16 y 22.1 del Convenio Único).

  El Juzgado ha fallado que condena al Ministerio de Justicia, a abonar las cantidades que corresponden por realizar trabajos de superior grupo profesional.

 La Administración ha recurrido dicha sentencia, pero por el Juzgado de lo Social, en primera instancia, se da la razón a los argumentos de CCOO, porque en el fondo existe un mal encuadramiento de los Oficiales de Autopsias, en el Convenio Único y esto es imprescindible que se rectifique.

Por otro lado, nos hemos puesto en contacto con el Ministerio, para que convoque una reunión sobre el Plan de Formación para el personal laboral de 2012, y se nos contesta que todavía no saben con los recursos que cuenta y que se han dirigido a la Subdirección de Recursos Económicos, pero no le han contestado. Recordar que otros años por estas fechas prácticamente sabíamos las cantidades con las que  teníamos para el Plan de Formación. Desde CCOO exigimos que no haya recortes para la formación de los trabajadores.

Madrid, 12 de enero de 2012