Alternativas na Xustiza




CCOO de Justicia




co.bas - Justicia en Canarias




CIG - Sector de Xustiza




CSI-F Justicia




Intersindical Canaria - Justicia




Intersindical Justicia Valencia




Justicia y Progreso







UGT Justicia




SPJ-USO




Blog de Justicia - Adams




Oposiciones Administración de Justicia




CCOO de Justicia




CCOO en Mugeju




CNLEAJ




SISEJ




Unión Progresista de Letradas/os Justicia





Páginas web de UPF, AF, APIF, JpD, AJFV, APM y FJI

Asociación Profesional de la Magistratura




Foro Judicial Independiente




Juezas y Jueces para la Democracia




Asociación de Fiscales








Información publicada en revistas jurídicas digitales.

El BOE nuestro de cada día




CGPJ - En Portada




CGPJ - Noticias Judiciales





Para consultar el Directorio de Blogs jurídicos elaborado por José Ramón Chaves, pulse aquí.




Acuerdos del Consejo de Ministros

 

[ Publicado en www.la-moncloa.es ]

 

imagenCabeceraDerecha

 

Justicia

INFORME SOBRE LA ADAPTACIÓN DE LA LEGISLACIÓN PARA LA APLICACIÓN DE LOS PROCESOS EUROPEOS MONITORIO Y DE ESCASA CUANTÍA

  • Agilizará el cobro de deudas ante los tribunales, lo que resulta muy práctico en operaciones comerciales que afectan, sobre todo, a pequeños y medianos empresarios
  • Se eleva de 900 a 2.000 euros la cantidad para la que no es precisa la intervención de abogado y procurador en los procesos de escasa cuantía

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía.

Esta reforma supone una aproximación a los instrumentos que, con igual propósito de tutelar los créditos, se han ido implantando por la Unión Europea estos últimos años, a través de lo que la doctrina califica como un derecho procesal europeo. Al propio tiempo, se han introducido en el Derecho interno algunos principios que inspira el Derecho comunitario, con el propósito de aproximar la legislación nacional a la europea.

En este sentido, se destaca que se ha elevado en el juicio verbal la cuantía para la que no es precisa la intervención de abogado y de procurador, que pasa de novecientos a dos mil euros, en consonancia con la cantidad del proceso europeo de escasa cuantía.

En la legislación comunitaria, el proceso monitorio europeo, aprobado por un Reglamento de 2006, aparece como una vía de reclamación transfronteriza de créditos pecuniarios no impugnados y el proceso europeo de escasa cuantía, aprobado por otro Reglamento de 2007, permite cualquier tipo de demanda cuando su valor, excluidos los intereses, gastos y costas, no rebase los dos mil euros.

Ambos procesos comprenden únicamente reclamaciones en asuntos civiles y mercantiles, de acuerdo con las normas de la Unión Europea, que comprenden supuestos como el contrato de trabajo, que en el Derecho español no se incluyen dentro del Derecho Civil o Mercantil.

Normas más ventajosas

Los procesos europeo monitorio y de escasa cuantía tienen aplicación únicamente en litigios transfronterizos. Sin embargo, el hecho de que algunas normas sean más ventajosas que las que incluye la legislación nacional obliga a introducir las modificaciones que permitan que el acreedor residente en España no esté en peor condición que el acreedor residente en otro país de la Unión Europea cuyo deudor está en España.

Con este Anteproyecto se modifica la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 30 de diciembre de 2002, para permitir el devengo de la tasa judicial por la presentación del procedimiento monitorio en los términos y con las cautelas previstas en el artículo 25 del Reglamento Comunitario de 1896/2006.