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Cantabria: Comité de Seguridad y Salud

 

[ Publicado en http://www.fsap.ccoo.es/webfsccantabria/menu.do?Justicia ]

 

cantabria_fsc

 

Reunión del Comité de Seguridad y Salud de la Administración de Justicia en Cantabria

 

17/12/2009. Tras su aplazamiento en el día de ayer, hoy se ha celebrado una reunión del Comité de Seguridad y Salud para la presentación del Plan de Prevención de próxima aprobación

Hoy se ha celebrado una reunión del Comité de Seguridad y Salud de la Administración de Justicia en Cantabria, con la asistencia de una representante del Servicio de Prevención del gobierno de Cantabria que informó a las organizaciones sindicales sucintamente del contenido y estructura del Plan de Prevención que se aprobará este mes. La urgencia de la aprobación se debe, al parecer, a un requerimiento de la Inspección de Trabajo

Las organizaciones sindicales no hemos podido disponer de tiempo suficiente para el estudio, ni siquiera para la lectura de dicho plan, un voluminoso documento del que se nos ha dado traslado con 24 horas de antelación al día inicialmente señalado para la reunión

El plan consta de una parte general y varias específicas. Se nos ha informado de que será aprobado este mes, si bien en el plazo de un año cada Consejería elaborará la parte específica que le atañe, adaptando la parte general a su ámbito. El modelo, o "prototipo" de parte específica será elaborado por la Consejería de Presidencia y Justicia. Finalizada la elaboración de las partes específicas, el Plan será aprobado por resolución del Consejero de Presidencia y Justicia

CCOO ha alegado, en síntesis, lo siguiente:

- Reiteramos nuestra petición de un servicio de prevención propio y específico para la Administración de Justicia en Cantabria, pues entendemos que así debe hacerse por aplicación de lo dispuesto en el Reglamento de los Servicios de Prevención, tanto por el número de trabajadores que desempeñan sus funciones en esta Administración, como por algunas actividades que se realizan en ella. Pero además no justificamos nuestra petición solamente en la legalidad, sino que también nos parece oportuno por razones de operatividad, pues el Servicio de Prevención existente apenas ha variado su plantilla mientras Cantabria ha ido asumiendo competencias y funcionarios, ya sea orgánicamente o a efectos de gestión

- En línea con lo anterior, entendemos que debe haber un Plan de Prevención exclusivo de la Administración de Justicia en Cantabria

- No entendemos que se nos convoque para la presentación de la "versión final" de un Plan de Prevención con tan poca antelación y cuando de antemano se nos dice que va a ser aprobado este mes. En otras palabras, sin negociación, lo que se pone de manifiesto sin el menor recato, tanto cuando se alude a una "versión final" en la convocatoria como cuando se nos dan 24 horas para la lectura de un documento extenso, complejo y de contenido técnico especializado,  como cuando se nos anuncia que ya va a ser aprobado. Suponemos, pues, que se nos ha convocado a efectos de mera información. Al menos no tendremos la primera noticia a través de los medios de comunicación

- Si verdaderamente se trata de la versión final del Plan, éste es incongruente, pues en su parte general se menciona que será reformado a medida que se asumen competencias, mientras que no se hace alusión alguna, en el apartado donde se delimita su ámbito de aplicación, a la administración de Justicia. Por tanto, no entendemos que se reformen sólo las partes específicas, y no la parte general

A lo largo de la sesión se ha mencionado, por la administración, la intención de los Jueces, Magistrados, y Secretarios Judiciales de disponer de órganos de representación, en materia de salud laboral y en otras materias más comunes. CCOO ha manifestado que los Secretarios Judiciales ya ostentan la representación que la ley les atribuye, que es la que se articula en las Juntas de Personal y en el Comité de Seguridad y Salud. En cuanto a los Jueces y Magistrados, nos parece lógica y legítima su aspiración de gozar de protección y de ser representados en los órganos competentes en materia de seguridad y salud en el trabajo, si bien CCOO ha manifestado que, en todo caso, los órganos de representación en materia de salud laboral deben ser unitarios, así como único debe ser el Plan de Prevención que se aplique en un determinado centro de trabajo. No se trata simplemente de una objeción a los deseos de la judicatura por razones de representatividad, ni estamos tampoco respondiendo al corporativismo con la misma medicina. Sencillamente, un sistema de prevención no puede funcionar de otro modo