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Mostrando entradas con la etiqueta Salud laboral. Mostrar todas las entradas
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CCOO presenta denuncia a la inspección de trabajo, ante la aparición de un nuevo caso de lipoatrofia en Málaga

06.07.2011- La sección sindical de Justicia de CCOO en Málaga, a través de su Delegado de Prevención, ha presentado denuncia a la Inspección provincial de Trabajo, tras la aparición de un nuevo caso de lipoatrofia semicircular en una trabajadora que también presta sus servicios en la Fiscalía de Menores.

La primera trabajadora que fue diagnosticada con dicha enfermedad también se encuentra destinada en el mismo centro de trabajo, y no se descarta que surjan nuevos casos en otras dependencias del edificio de la Ciudad de la Justicia.

Por ello, durante este mes de Julio CCOO hará entrega de un cuestionario anónimo sobre salud laboral entre todos los trabajadores y trabajadoras del edificio, encaminado a detectar los síntomas propios del Edificio Enfermo.

CCOO denuncia expresamente la dejadez con que la Administración está tratando este problema, puesto que el Comité de Salud no se reune desde junio del año 2010.

CCOO ha solicitado el traslado de estas compañeras a otras dependencias del edificio, puesto que mantenerlas en su puesto actual podría agravar la enfermedad; así como la elaboración de un protocolo de actuación para estos casos.

CCOO denuncia los incumplimientos del Ministerio de Justicia en prevención de riesgos laborales



LOS INCUMPLIMIENTOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SON REITERADOS Y LOS EDIFICIOS JUDICIALES NO CUMPLEN LAS CONDICIONES LEGALES DE SEGURIDAD


Las deficiencias de los edificios judiciales ponen en tela de juicio la nula preocupación del Ministerio de Justicia por las condiciones de seguridad de los edificios judiciales que ponen en riesgo las condiciones en las que se encuentran trabajando los trabajadores, así como las condiciones de acceso de los propios ciudadanos y profesionales de la Justicia.

CCOO y los delegados y delegadas de prevención denunciamos constantemente los incumplimientos del Ministerio en materia de seguridad y salud y la Inspección de trabajo, tras la constatación de los hechos, nos da la razón y requiere a la Administración a realizar todas aquellas actuaciones necesarias. Y aquí llega nuevamente el problema, la Administración hace oídos sordos a estos requerimientos, y su incumplimiento no tiene carácter sancionador. Y cuando ocurre un accidente de trabajo por falta de medidas de seguridad, el que tiene que correr es el trabajador accidentado.

Cantabria: Plan de prevención de riesgos laborales

 

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Aprobada la parte general del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

 

12/1/2010. Hoy se publica en el Boletín Oficial de Cantabria la Orden PRE/83/2009, de 29 de diciembre, por la que se aprueba la parte general del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Como ya hemos anunciado, la integración de la Administración de Justicia en Cantabria en un único plan interadministrativo, sin atención a sus peculiaridades, sin servicio de prevención propio y desoyendo las propias prescripciones establecidas en el Reglamento de los Servicios de Prevención, sólo puede conducir a una gestión de la prevención tercermundista. Y argumentar, como hace la administración, que "nada es lo que teníamos", sin dejar de ser parcialmente cierto, es una clara manifestación  la pereza en la gestión de competencias, ámbito en el que parece que sólo se busca el efecto mediático

Adjuntamos lo publicado

 

::Documentos relacionados

Orden PRE/83/2009, de 29 de diciembre

Valencia: Seguridad y Salud de los Empleados Públicos

 

[ Publicado en http://www.fsc.ccoo.es/webfscpaisvalencia/menu.do?Administracions:Justicia ]

 

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Plan estratégico de seguridad y salud de la Generalitat valenciana

 

Con dos años de retraso el Govern Valencià se ha decidido finalmente a trasponer a nuestro territorio la "Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012".  De esta forma  la Generalitat Valenciana ha presentado su "Plan estratégico para la mejora continua de la Seguridad y Salud de los Empleados Públicos de la Generalitat para 2009-2012".

Este plan afecta a todos los trabajadores pertenecientes a los Sectores de Sanidad, Enseñanza, Justicia y Administración Pública independientemente de la relación laboral que mantengan con la Administración.

Desde CCOO denunciamos la implantación de un plan definitivo y cerrado elaborado de forma unilateral por la administración y con prisas tras una trayectoria en la que la prevención de riesgos laborales no ha sido ni prioritaria ni dotada de los recursos económicos y humanos necesarios.

Por esta falta de participación y por la necesidad de mejorar los planteamientos en algunas cuestiones para que realmente se cumpla con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, CCOO ha presentado alegaciones a las propuestas planteadas esperando obtener una respuesta positiva y comprometida de la Administración Autonómica a la mayor brevedad.

::Documents relacionats

Plan Estratégico de la Administración

Propuesta de la GVA actividades del plan e indicadores

Propuesta GVA actuación en prevención

Propuesta GVA en coordinación actividades empresariales

Propuesta GVA cuestionario puesto de trabajo

Alegaciones de CCOO al plan

Alegaciones de CCOO al plan estratégico, sólo ejes

Alegaciones de CCOO al protocolo de actuación de identificación, evaluación

Alegaciones de CCOO al cuestionario de puesto

Alegaciones de CCOO al protocolo de coordinación de actividades empresariales

Cantabria: Comité de Seguridad y Salud

 

[ Publicado en http://www.fsap.ccoo.es/webfsccantabria/menu.do?Justicia ]

 

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Reunión del Comité de Seguridad y Salud de la Administración de Justicia en Cantabria

 

17/12/2009. Tras su aplazamiento en el día de ayer, hoy se ha celebrado una reunión del Comité de Seguridad y Salud para la presentación del Plan de Prevención de próxima aprobación

Hoy se ha celebrado una reunión del Comité de Seguridad y Salud de la Administración de Justicia en Cantabria, con la asistencia de una representante del Servicio de Prevención del gobierno de Cantabria que informó a las organizaciones sindicales sucintamente del contenido y estructura del Plan de Prevención que se aprobará este mes. La urgencia de la aprobación se debe, al parecer, a un requerimiento de la Inspección de Trabajo

Las organizaciones sindicales no hemos podido disponer de tiempo suficiente para el estudio, ni siquiera para la lectura de dicho plan, un voluminoso documento del que se nos ha dado traslado con 24 horas de antelación al día inicialmente señalado para la reunión

El plan consta de una parte general y varias específicas. Se nos ha informado de que será aprobado este mes, si bien en el plazo de un año cada Consejería elaborará la parte específica que le atañe, adaptando la parte general a su ámbito. El modelo, o "prototipo" de parte específica será elaborado por la Consejería de Presidencia y Justicia. Finalizada la elaboración de las partes específicas, el Plan será aprobado por resolución del Consejero de Presidencia y Justicia

CCOO ha alegado, en síntesis, lo siguiente:

- Reiteramos nuestra petición de un servicio de prevención propio y específico para la Administración de Justicia en Cantabria, pues entendemos que así debe hacerse por aplicación de lo dispuesto en el Reglamento de los Servicios de Prevención, tanto por el número de trabajadores que desempeñan sus funciones en esta Administración, como por algunas actividades que se realizan en ella. Pero además no justificamos nuestra petición solamente en la legalidad, sino que también nos parece oportuno por razones de operatividad, pues el Servicio de Prevención existente apenas ha variado su plantilla mientras Cantabria ha ido asumiendo competencias y funcionarios, ya sea orgánicamente o a efectos de gestión

- En línea con lo anterior, entendemos que debe haber un Plan de Prevención exclusivo de la Administración de Justicia en Cantabria

- No entendemos que se nos convoque para la presentación de la "versión final" de un Plan de Prevención con tan poca antelación y cuando de antemano se nos dice que va a ser aprobado este mes. En otras palabras, sin negociación, lo que se pone de manifiesto sin el menor recato, tanto cuando se alude a una "versión final" en la convocatoria como cuando se nos dan 24 horas para la lectura de un documento extenso, complejo y de contenido técnico especializado,  como cuando se nos anuncia que ya va a ser aprobado. Suponemos, pues, que se nos ha convocado a efectos de mera información. Al menos no tendremos la primera noticia a través de los medios de comunicación

- Si verdaderamente se trata de la versión final del Plan, éste es incongruente, pues en su parte general se menciona que será reformado a medida que se asumen competencias, mientras que no se hace alusión alguna, en el apartado donde se delimita su ámbito de aplicación, a la administración de Justicia. Por tanto, no entendemos que se reformen sólo las partes específicas, y no la parte general

A lo largo de la sesión se ha mencionado, por la administración, la intención de los Jueces, Magistrados, y Secretarios Judiciales de disponer de órganos de representación, en materia de salud laboral y en otras materias más comunes. CCOO ha manifestado que los Secretarios Judiciales ya ostentan la representación que la ley les atribuye, que es la que se articula en las Juntas de Personal y en el Comité de Seguridad y Salud. En cuanto a los Jueces y Magistrados, nos parece lógica y legítima su aspiración de gozar de protección y de ser representados en los órganos competentes en materia de seguridad y salud en el trabajo, si bien CCOO ha manifestado que, en todo caso, los órganos de representación en materia de salud laboral deben ser unitarios, así como único debe ser el Plan de Prevención que se aplique en un determinado centro de trabajo. No se trata simplemente de una objeción a los deseos de la judicatura por razones de representatividad, ni estamos tampoco respondiendo al corporativismo con la misma medicina. Sencillamente, un sistema de prevención no puede funcionar de otro modo

Gripe A. Vacunación

 

[ Publicado en http://ccooenmugeju.blogspot.com ]

 

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INFORMACIÓN SOBRE LA VACUNACIÓN CONTRA LA GRIPE A PARA MUTUALISTAS Y BENEFICIARIOS DE LA MUGEJU

 

El Área de Farmacia de la Mutualidad General Judicial ha remitido una Circular a las Delegaciones Provinciales de la Mutualidad referente al procedimiento para que los Mutualistas y Beneficiaros de la Mugeju incluidos en los grupos de riesgo puedan ser vacunados de la Gripe A. De momento sólo es posible para los llamados “grupos de riesgo”, que según resolución del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud son los siguientes:

 

· Trabajadores de servicios públicos esenciales: fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, bomberos, servicios de protección civil, personas que trabajan en los servicios de emergencias sanitarias y trabajadores de instituciones penitenciarias y de centros de atención al refugiado e inmigrantes.

· Mujeres embarazadas.

· Adultos y bebés mayores de 6 meses, con un alto riesgo de complicaciones derivadas de la infección por el virus pandémico por sufrir alguna de las siguientes patologías:

 

- Enfermedades cardiovasculares crónicas (excluyendo la hipertensión).

- Enfermedades respiratorias crónicas (incluyendo displasia broncopulmonar, fibrosis quística y asma moderada-grave persistente).

- Diabetes mellitus tipo I y tipo II con tratamiento farmacológico.

- Insuficiencia renal moderada o grave.

- Hemoglobinopatías y anemias moderadas o graves.

- Asplenia.

- Enfermedad hepática crónica avanzada.

- Enfermedades neuromusculares graves.

- Pacientes con inmunosupresión (incluida la originada por infección por VIH o por fármacos o en los receptores de trasplantes).

- Obesidad mórbida (índice de masa corporal igual o superior a 40).

- Niños y adolescentes, menores de 18 años, que reciben tratamiento prolongado con ácido acetilsalicílico, por la posibilidad de desarrollar un síndrome de Reye.

De momento no se considera grupo de riesgo, y por tanto no son susceptibles de ser vacunados a costa de las Entidades Médicas, Mutualidades o Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, los funcionarios de la Administración de Justicia, pese a que en la última Asamblea de la Mutualidad General Judicial se aprobó que se tomara en consideración que algunos de estos funcionarios, en especial a los que trabajan en la jurisdicción penal.

 

Conforme a dicha Circular, siempre que se pertenezca a los grupos de riesgo citados, los Mutualistas y Beneficiarios que pertenecen a los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas simplemente tienen que ir al Centro de Salud que les corresponda, y seguir las instrucciones que les proporcionen.

 

En cuanto a los Mutualistas y Beneficiarios que pertenezcan a las Entidades Aseguradoras (ADESLAS, SANITAS, ASISA, MAPFRE, CASER, DKV Y NUEVA EQUITATIVA), hay que distinguir entre dos grupos:

  1. los residentes en zonas rurales de menos de 20.000 habitantes, que reciben la atención primaria a través de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, que deben dirigirse al Centro de Salud que habitualmente le presta asistencia, y seguir las instrucciones que se les proporcionen.
  1. los demás mutualistas, que deben acudir al médico que normalmente les atiende, quien deberá rellenar el “Informe médico para la vacunación de personas pertenecientes a Mutualidades” que aparece en el BLOG de CCOO http://ccooenmugeju.blogspot.com, así como en la página web de la Mutualidad General Judicial.

En estos últimos casos, una vez rellenado el citado Informe médico, hay que distinguir entre los siguientes grupos de mutualistas y beneficiarios, según sea la Comunidad Autónoma de residencia::

2.1. - Los que residan en las Comunidades Autónomas de: ANDALUCÍA, ISLAS BALEARES, NAVARRA Y CANTABRIA, una vez dispongan cumplimentado de informe médico anteriormente señalado se deben dirigir al Centro de Salud del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma más próximo a su domicilio, identificarse con el documento de afiliación de MUGEJU, y seguir las instrucciones que se les faciliten para proceder a la vacunación.

2.2. - Los que residan en el resto de Comunidades Autónomas, una vez que dispongan del modelo cumplimentado de informe médico se deben dirigir al Centro de Vacunación más próximo de la Entidad Médica Aseguradora a la que pertenezcan, y seguir las instrucciones que se les faciliten para proceder a la vacunación.

 

Si la Entidad Médica, no dispone de Centros de Vacunación deben acudir al Centro de Salud del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma más próximo a su domicilio, donde presentarán cumplimentado el modelo de informe médico, identificarse con el documento de afiliación de MUGEJU, y seguir las instrucciones que se les faciliten para proceder a la vacunación.

 

Para resolver otras dudas hay que dirigirse a la Delegación Provincial de la Mutualidad, los servicios centrales de ésta, en Madrid o consultar la página web de la Mutualidad General Judicial.

 

Más información en nuestro blog http://ccooenmugeju.blogspot.com

Madrid, a 20 de noviembre de 2009

Licencias por enfermedad común

Oct07
Justicia pretende contratar el control de la incapacidad temporal por enfermedad común con una mutua

 

Remitido por CCOO de Justicia

 

CCOO confederal

 

Además de la unificación del sistema por la misma mutua, pretende atribuir a FREMAP el control de las bajas por incapacidad temporal por enfermedad común.

Las funciones que asumiría la Mutua al respecto son, básicamente:

  • Gestión del subsidio por IT por enfermedad común a partir del 16º día de baja, en lugar del INSS.
  • Prestación sanitaria a partir del 16º día de baja, con consentimiento del trabajador/a, y condicionada a la existencia de lista de espera en el sistema público.
  • Revisión del estado de salud del trabajador/a mientras dure la baja. El trabajador no puede negarse, pues la negativa infundada puede dar lugar a la propuesta de alta.
  • Posibilidad de realizar una propuesta de alta médica a la inspección de la Seguridad Social.

CCOO se opone porque bajo la excusa de un mejor control de la calidad asistencial de los trabajadores, la experiencia indica que lo que se pretende es el control de la duración de las bajas presionando a los trabajadores para que cojan el alta médica con un afán mercantilista y de rentabilidad económica para un servicio que debe ser público.

 

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Gripe A

Oct07
Plan de actuación contra la pandemia de la Gripe A (ámbito no transferido)

 

Remitido por CCOO de Justicia

 

CCOO confederal

 

Publicamos el plan entregado por el Ministerio de Justicia a los sindicatos y remitido a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia

El plan no es sino un calco del Plan General de Función Pública para todos los ministerios, si bien junto al plan se ha entregado un anexo sobre el número de trabajadores imprescindible para el mantenimiento del servicio en caso de una hipotética generalización de la pandemia, según los criterios que utilizó el Ministerio para el establecimiento de los servicios mínimos en la última huelga convocada

Adjuntamos el plan y el anexo

 

Documentos relacionados

Plan actuación Gripe A ámbito no transferido
Anexo

 

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La gripe A Nueva

Set13
Algunas cosas que quizás no sabías

 

Por Pilar León, microbióloga

 

 

 

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Gripe A

Set10
Información de la reunión con el Ministerio de Justicia

 

Remitido por CCOO de Justicia

 

CCOO confederal

 

El pasado martes, día 8 de septiembre, mantuvimos una reunión con el Ministerio de Justicia para tratar el tema de la Gripe A. Como recordaréis, desde el SAJ de CCOO ya habíamos instado a ello desde principios del mes de agosto, una vez el Ministerio de Sanidad hizo pública la Guía para la elaboración del plan de actuación de las empresas o centros de trabajo frente a emergencias. Pandemia de gripe.

Previamente, el 1 de septiembre, ya se había celebrado una reunión de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado con este único punto en el orden del día y a la que también acudieron representantes del Ministerio de Justicia. La intención del Ministerio al convocarnos a esta reunión era simplemente informarnos del “Plan General” acordado por la dirección general de la Función Pública, cuya base precisamente será de aplicación a todas las AA.PP, en coordinación con las autoridades sanitarias y el Consejo Interterritorial; el Ministerio de Justicia elaborará el plan de actuación propio, con las especialidades que concurren en nuestra administración, pero todas las medidas sanitarias, protocolos,…. serán las mismas que se adopten en dicho Plan general, por ejemplo ya se ha determinado que el personal que presta servicios en atención al público no van a tener ningún tratamiento especializado respecto a los que no están cara al público,…

Del escaso contenido concreto de la reunión, podemos resumir lo siguiente:

1. La determinación y/o variación de los denominados colectivos de riesgo sólo pueden venir determinados por las autoridades sanitarias, y los mismos, a la fecha, están subordinados a su consideración como “servicio esencial”. Como máximo, el Ministerio podrá sugerir la inclusión de determinados colectivos.

2. Cada Ministerio deberá crear un órgano coordinador. Será dicho órgano quien sugiera o proponga en la Mesa de la Función Pública qué servicio/colectivo debe tener la consideración de servicio esencial.

3. En cuanto a las medidas más generales, como podrían ser criterios o requisitos más laxos en la justificación de las bajas en caso de un alto alcance de la pandemia, en ningún caso el Ministerio de Justicia –o cualquier otro Ministerio- adoptará medidas diferentes a las acordadas a nivel general.

4. Toda la información que se difunda será la que dimane de las propias autoridades sanitarias.

5. El Ministerio ya está elaborando un primer borrador para su Plan de Actuación concreto para la Administración de Justicia de su ámbito de gestión. Probablemente la semana que viene estarán en disposición de trasladarnos dicho borrador a fin de que sea tratado por un grupo nombrado al efecto.

Si bien en la reunión no hubo demasiada oportunidad para la negociación o el debate, pues el mismo se llevará a cabo en el mencionado grupo de trabajo, por parte de CCOO sí que adelantamos ciertas cuestiones:

- la conveniencia de que determinados grupos deberían ser considerados como de riesgo –por ejemplo los Médicos Forenses, por cuanto son personal sanitario al igual que lo son los médicos de los servicios de salud, o personal destinado en el INT –

- las medidas especiales que deberemos negociar sobre nombramiento inmediato de interinos para cubrir las bajas, en el caso de que estas se produzcan de forma masiva

- la consideración de servicios esenciales a los Juzgados en funciones de guardia

- el Ministerio debe proporcionar los suministros suficientes en los órganos judiciales para una adecuada higiene personal y laboral (dosificadores de jabón, pañuelos desechables,…)

- el Ministerio debería facilitar toda la información disponible (medidas higiénico sanitarias recomendables,…), no sólo mediante una mención de las páginas web oficiales, sino también en formato impreso acompañando a la nómina, para garantizar que aquellos que no tienen acceso a internet también reciban la información.

Desde CCOO trabajaremos por que las medidas que se pongan en marcha se centren en dos aspectos básicos:

1) la prevención y protección de la salud de los trabajadores

2) se garantice el mantenimiento de aquellos órganos y servicios cuya continuidad debe ser asegurada en caso de contagio masivo

Por otra parte, todos los presentes en la mesa coincidimos (tanto Ministerio como CCOO, Csi-csif, Ugt y Staj), como hacen las propias autoridades sanitarias y la mayoría de grupos de expertos, en que si bien cabe estar prevenidos ante los peores augurios de la pandemia, en ningún caso debemos ser alarmistas ni catastrofistas. En primer lugar, porque la sintomatología y consecuencias –en la inmensa mayoría de los casos- de la gripe A son más leves que los de la Gripe estacional. Y segundo, porque los datos obtenidos de los países que ya han pasado su fase álgida de la pandemia, no justifican el histerismo con el que desde algunos ámbitos se está tratando el tema.

Madrid, 9 de septiembre de 2009

Gripe A

Ago07
Vacunación contra la gripe A

 

Remitido por CCOO de Justicia

 

CCOO confederal

 

MINISTERIO DE JUSTICIA

Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia

Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia

C/ San Bernardo, 21

28015 MADRID

 

Barcelona, 4 de agosto de 2009

Hace ya algunos meses, la Organización Mundial de la Salud declaró que la gripe A está en fase de pandemia, encontrándonos actualmente en la 6 del periodo pandémico. Si bien la enfermedad es leve en la mayoría de los casos, una de las amenazas reales es la afectación a un gran número de personas. A este respecto, las autoridades sanitarias estiman que se podría llegar a una situación en la que entre el 30% y el 50% de la población, en un corto periodo de tiempo, se vería afectada, directa o indirectamente, por la Gripe A. Es necesario prepararse frente a la pandemia, responsabilidad esta compartida por toda la sociedad.

En el ámbito que nos ocupa es de especial importancia preveer las consecuencias que la pandemia podría tener en los centros de trabajo, por tratarse la Administración de Justícia de unos de los sectores que podemos considerar como “esenciales”. Por ello, el Sector de la Administración de Justicia de la FSC de CCOO solicitamos:

  • 1º) Que con carácter de urgencia, y previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas, por parte del Ministerio de Justicia se desarrolle un Plan de actuación en el contexto del Plan Nacional de Preparación y Respuesta ante una Pandemia de Gripe y según la Guía del Ministerio de Sanidad presentada el pasado 30 de julio.
  • 2º) Paralelamente, y puesto que el personal al servicio de la Administración de Justicia es personal que puede considerarse de riesgo medio-alto, por requerir el contacto frecuente con público y en numerosos casos con personas de hábitos y condiciones higiénicas mejorables (presos, toxicómanos, personas sin domicilio y/o residentes en viviendas insalubres, etc), solicitamos que el Ministerio de Justicia realice las gestiones necesarias ante las autoridades sanitarias para que al personal al servicio de la Administración de Justicia que lo desee se le suministre el antiviral de la Gripe A, al igual que a otros grupos de similar riesgo pero que ya han sido considerados como prioritarios.

Esperamos su pronta respuesta a ambas cuestiones, ofreciéndole nuestra participación y colaboración en la implantación de dicho Plan de actuación.

Atentamente,

Noelia Medina Montes

Responsable de Salud Laboral del SAJ de la FSC-CCOO