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Devolución del exceso de retención en paga extra



El pasado miércoles junto con la Ley de Tasas, se aprobaba por el Congreso de los Diputados, la devolución a los funcionarios judiciales el exceso de retención que suponía para todos los que trabajamos en la Administración de Justicia, la retirada de la paga extra de navidad del presente año. Lo podéis encontrar en la disposición final 2ª, y puedo asegurar que lo dice, aunque parezca escrito en arameo para la mayoría de los mortales, y la explicación está al final de la página 9 y en la página 10.

Como ya expliqué en su día, al tener garantizada la paga en la LOPJ, en 2010 no pudieron aplicarnos el recorte en las mismas condiciones que al resto de los empleados públicos, lo que el Gobierno Zapatero hizo entonces fue aplicarnos un descuento mayor en nuestras retribuciones mensuales para que el resultado fuera el mismo que para el resto, que tuvieron un recorte mucho mayor en las pagas extraordinarias. Al suprimirnos la de navidad del presente año, estaríamos pagando dos veces por el mismo concepto.

¿Que cantidad es la que nos han de devolver, o en su caso, han de dejar de "trincarnos"?

Es difícil de concretar, lo único que he encontrado y además bien razonado es la hoja informativa nº 52 de Ccoo, que siguiendo al pie de la letra lo que dice la Ley y estableciendo las comparaciones necesarias hace un cálculo que no se deja de ser aproximativo, ya que las pagas extras incluyen la antigüedad, y aquí las de cada uno son distintas, pero bueno aplicando esos mismos porcentajes sobre dicho concepto, cada uno puede calcular más o menos la cantidad que le corresponde de menor recorte o en su caso de devolución.

Entiendo que todo esto sea farragoso para el lector común, pero con un poco de atención y fiándose de las cifras salen las cuentas. Por supuesto es mucho mejor, que berrear un poco pidiendo a la Dirección General que aclare y diga a cuanto asciende todo esto, lo que te deja más bien en mal lugar, porque además la Administración te puede contar lo que quiera. Claro que cuando la ignorancia no da para más, ¿que van a hacer?.

¿Cuando se aplicará? Esa es la gran pregunta. De momento no han terminado los trámites parlamentarios, se ha de aprobar definitivamente la Ley, y a partir de ahí, empieza el tema de la disponibilidad de quién tiene la gestión de nóminas, en este caso la Generalitat Valenciana, sería casi un milagro que nos lo devolvieran o dejarán de quitárnoslo en la propia paga de navidad.


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